Finiquito por despido: qué incluye y cómo calcularlo paso a paso
Diferencias entre finiquito e indemnización. Conceptos incluidos: días trabajados, vacaciones, pagas extras. Cuándo firmar y cuándo no el documento de finiquito.
| Lectura: 10 minutos

Las vacaciones no disfrutadas son uno de los componentes más importantes de tu finiquito, pero también uno de los que más errores de cálculo genera. En esta guía te explicamos paso a paso cómo calcular exactamente cuántos días de vacaciones te corresponden y cuánto dinero representan.
📌 Dato clave: En España tienes derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año (22 laborables), y cualquier día no disfrutado debe pagarse en el finiquito. No es negociable, es un derecho irrenunciable.
Son los días de vacaciones que te correspondían pero que no has usado antes de la finalización de tu contrato de trabajo.
Se incluyen:
Según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones son un derecho irrenunciable. Esto significa:
💡 Importante: Si la empresa no te dio vacaciones durante años, al finalizar el contrato debe pagarte TODAS las vacaciones acumuladas (dentro del plazo de prescripción de 1 año).
30 días naturales al año = 22 días laborables
Muchos convenios establecen más días. Ejemplos:
| Sector | Días laborables |
|---|---|
| Mínimo legal | 22 días |
| Comercio | 22-23 días |
| Metal | 23 días |
| Hostelería | 22-30 días (según categoría) |
| Banca | 24-27 días |
| Construcción | 23 días |
| Sanidad | 23-30 días |
¿Dónde consulto mi convenio?
El cálculo se hace en 3 pasos:
Si has trabajado el año completo:
Días que te corresponden = Días anuales según convenio
Ejemplo: Tu convenio establece 22 días laborables y has trabajado todo 2025 → Te corresponden 22 días.
Si NO has trabajado el año completo (más común):
Días proporcionales = (Días anuales ÷ 365) × Días trabajados en el año
💡 Redondeo: Generalmente se redondea al día entero más cercano. Algunos convenios especifican cómo redondear.
Días pendientes = Días que te correspondían - Días ya disfrutados
Ejemplo:
¿Dónde veo los días ya disfrutados?
¿Tienes vacaciones de 2023, 2024 u otros años sin disfrutar?
Total vacaciones pendientes = Vacaciones año en curso + Vacaciones años anteriores
Ejemplo:
⚠️ Prescripción: El plazo para reclamar vacaciones es de 1 año desde que debían disfrutarse. Si la empresa no te las dio, puedes reclamar hasta 1 año atrás.
Una vez sepas cuántos días te corresponden, debes calcular su valor en euros.
Valor vacaciones = (Salario bruto mensual ÷ 30) × Días de vacaciones pendientes
¿Por qué se divide entre 30?
El salario mensual se considera de 30 días para todos los meses, independientemente de si tienen 28, 30 o 31 días. Es el estándar laboral en España.
Si tu salario incluye comisiones, plus u otros complementos, se calcula con el salario medio de los últimos meses.
Salario medio mensual = (Suma total bruto últimos 3-6 meses) ÷ Número de meses
Vacaciones pendientes: 12 días
Valor: (2.266,67€ ÷ 30) × 12 = 907,67€
Si trabajas a tiempo parcial, las vacaciones se calculan igual (proporcionales al tiempo trabajado), pero el valor económico se calcula con tu salario parcial.
💡 Nota: Los días de vacaciones no se reducen por jornada parcial. Si trabajas media jornada, tienes los mismos días de vacaciones que alguien a jornada completa.
Aunque solo hayas trabajado 2-3 meses, tienes derecho a vacaciones proporcionales.
Algunos convenios especifican vacaciones en días naturales (30 días) en lugar de laborables (22 días).
Conversión aproximada:
Para el cálculo económico, usa la fórmula estándar independientemente de si son naturales o laborables:
Valor = (Salario ÷ 30) × Días pendientes
Tu convenio colectivo puede establecer condiciones más favorables que el mínimo legal.
Si trabajaste 250 días en 2025:
Días proporcionales: (23 ÷ 365) × 250 = 15,75 días → 16 días
Error: Solo calcular las vacaciones del año en curso
Correcto: Sumar también vacaciones pendientes de años anteriores
Error: Confundir 30 días naturales con 30 días laborables
Correcto: Verificar en el convenio si son naturales o laborables
La mayoría de convenios especifican 22 días laborables, no 30.
Error: No contar correctamente los días trabajados en el año
Correcto: Desde tu fecha de inicio o 1 de enero hasta tu fecha de salida
Ejemplo:
Error: Dividir entre los días reales del mes (28, 29, 30 o 31)
Correcto: SIEMPRE dividir entre 30
Error: Asumir el mínimo legal (22 días)
Correcto: Consultar tu convenio que puede tener 23-30 días
Si al revisar tu finiquito ves que el cálculo de vacaciones es incorrecto:
Usa la fórmula de esta guía para verificar el cálculo de la empresa.
Compara tu cálculo con el de la empresa. Errores comunes:
Envía email a RRHH:
Estimado Departamento de RRHH,
He revisado el finiquito de fecha [fecha] y he detectado un error en el cálculo de vacaciones no disfrutadas.
Según mis registros y el convenio colectivo:
El finiquito refleja [X] días, cuando deberían ser [X] días.
Diferencia económica:
Solicito la regularización del finiquito y el abono de la diferencia.
Adjunto: [cálculo detallado, calendario vacaciones, etc.]
Quedo a la espera de su respuesta.
Atentamente,
[Nombre]
⏰ Plazo: El plazo para reclamar es de 1 año desde la extinción del contrato.
Las vacaciones se pagan igual en todos los casos de finalización del contrato:
| Tipo de finalización | ¿Se pagan vacaciones? |
|---|---|
| Baja voluntaria | ✅ SÍ |
| Despido improcedente | ✅ SÍ |
| Despido objetivo | ✅ SÍ |
| Despido disciplinario | ✅ SÍ |
| Fin de contrato temporal | ✅ SÍ |
| Desistimiento mutuo | ✅ SÍ |
| Jubilación | ✅ SÍ |
En TODOS los casos se pagan las vacaciones no disfrutadas. Es un derecho irrenunciable.
SÍ, las vacaciones tributan como rendimientos del trabajo en el IRPF.
Retención: Se aplica la retención de IRPF habitual de tus nóminas (generalmente 10%-25% según tu salario).
Vacaciones netas = Vacaciones brutas - (Vacaciones brutas × % retención)
Debes incluir las vacaciones en la declaración de la renta del año en que cobraste el finiquito.
Datos:
Cálculo:
1. Días que te correspondían en 2025:
2. Días ya disfrutados:
3. Días pendientes 2025:
4. Días de años anteriores:
5. Total días pendientes:
6. Valor económico:
7. Retención IRPF (15%):
8. Vacaciones netas:
Datos:
Cálculo:
1. Días proporcionales que te correspondían:
2. Días ya disfrutados:
3. Días pendientes:
4. Valor económico:
5. Retención IRPF (18%):
6. Vacaciones netas:
Datos:
Cálculo:
1. Días proporcionales:
2. Días ya disfrutados:
3. Días pendientes:
4. Valor económico:
5. Retención IRPF (12%):
6. Vacaciones netas:
Las vacaciones no disfrutadas pueden representar entre 300€ y 2.000€ de tu finiquito. Asegúrate de:
No. Solo se pagan en dinero cuando finaliza el contrato. Mientras estás trabajando, debes disfrutarlas. Las vacaciones son un derecho irrenunciable establecido en el Estatuto de los Trabajadores para proteger la salud del trabajador.
Sí, el derecho a disfrutarlas prescribe al año. Pero al finalizar el contrato, la empresa debe pagarte todas las acumuladas del último año. Si la empresa no te dejó disfrutarlas, se acumulan y deben pagarse en el finiquito (dentro del plazo de prescripción).
Puede reclamarse hasta 1 año atrás. Al finalizar el contrato, se pagan todas las acumuladas dentro del plazo de prescripción. Si no te dieron vacaciones durante 2 años, puedes reclamar solo el último año (las anteriores prescribieron). Es importante reclamar anualmente.
Depende de si tu convenio especifica días naturales o laborables. Lo más común es 22 días laborables (no incluyen fines de semana). Si tu convenio dice 30 días naturales, entonces sí se cuentan todos los días del calendario. Consulta tu convenio colectivo para saberlo con certeza.
En principio NO, las vacaciones deben disfrutarse en el año natural. Pero si la empresa no te las da (por necesidades del servicio, enfermedad, etc.), se acumulan y debe pagarlas en el finiquito. Es responsabilidad de la empresa garantizar que disfrutes tus vacaciones.
Sí, los días son los mismos (no se reducen). Solo el valor económico es menor porque tu salario es menor. Si trabajas media jornada tienes los mismos 22 días laborables de vacaciones que alguien a jornada completa, pero se calculan sobre tu salario de media jornada.
Las vacaciones que no pudiste disfrutar por baja médica se pagan en el finiquito. La baja no elimina tu derecho a vacaciones. De hecho, según jurisprudencia europea, si estabas de baja y no pudiste disfrutar vacaciones, tienes derecho a que se te paguen todas.
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